Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 13:258 de la CSJN Argentina - Año: 1872

Anterior ... | Siguiente ...

do que el art. 20 de la ley de 26 de Noviembre de 1868, invocado por ambas partes, es esplicito y terminante respecto á la designacion de la Municipalidad que debe percibirlo, — fallo condenando al demandado al pago de la cantidad de $ 2,340 m/c. que se le cobran y á pagar las costas del juicio. — Hágase saber y repónganse los sellos.

Andrés Uyarriza.

De esta sentencia interpuso Frioni el recurso de nulidad, alegando que se habia violado la forma del procedimiento.

Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Mayo 19 de 1873.

Vistos: debiendo, segun lo dispuesto por el artículo doscientos treinta y cuatro de la Ley de Procedimientos, interponerse el recurso de nulidad conjuntamente con el de apelacion, y no siendo este admisible en la presente causa por ser de menor cuantía, devuélvanse los autos prévia satisfaccion de costas y reposicion de sellos.

SaLvavor MARia DEL CARBiL.—FRAN esco Decano. — José Bannos Pazos. — José B. Gonostiaca.—J.

DOMINGUEZ.
— IIA

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

84

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1872, CSJN Fallos: 13:258 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-258

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 13 en el número: 258 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos