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Fallos: 13:259 de la CSJN Argentina - Año: 1872

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CAUSA XLVIIIL
Stephens y Vonwiller contra Giró y Dermit, por cobro ejecutivo de pesos.

Sumario.— 10 Un contrato para hacer reparaciones y composturas en un buque es una locacion de servicio.

20 El que encarga una obra para la que el obrero debe poner los materiales, puede á su arbitrio rescindir el contrato, aunque la obra esté ya empezada ú ejecutar, 30 Un contrato rescindido no es título hábil para eje cutar, ni puede dar lugar á otras acciones que para reclamar todos los gastos y trabajos y lo que hubiese podido ganarse en la obra.

Caso. —En 15 de Enero de 1873 los Señores Giró y Dermit propietarios del vapor « Conde de Eu» por una parte, y por la otra los Señores Stephens y Vonwiller constructores navales, celebraron un contrato para hacer en el buque unas reparaciones y composturas.

Stephens y Vonwiller se obligaron á entregar todo el trabajo de buen material y de buena mano de obra pur la suma de 28,000 $ en el término de 95 dias con

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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:259 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-259

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