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Fallos: 13:245 de la CSJN Argentina - Año: 1872

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nio hecho con los agentes de los vapores, durante la feria que se decretó con motivo de la epidemia, y cuando la Aduana estaba cerrada; teniendo dicho acuerdo por causa los desembolsos que en esa situacion se veian obligados á hacer para depositar en Pontones las mercaderías cuya descarga se les encomendaba; que Shaw reconociendo el aumento de la tarifa durante las circunstancias espresadas, al cual dice haber asentido él mismo, niega que tenga aplicacion al vapor «Marina», por haber ese buque entrado y descargado despues que aquella habia desaparecido ; que consta en autos y es de pública notoriedad que, concluida la epidemia, la Aduana fué puesta de nuevo en servicio desde el diez y seis de Mayo de mil ochocientos setenta y uno, haciéndose la descarga desde entónces en la forma ordinaria (informes de foja diez y nueve y foja cincuenta y ocho); que consta igualmente que el vapor «Marina» no entró al puerto sinó muchos dias despues de la apertura de la Aduana, el veinte y nueve del citado mes de Mayo, presentando su manifiesto el treinta y concluyendo su descarga el primero de Junio; que aunque por algun tiempo despues de la epidemia se tocasen algunas dificultades para las operaciones de la Aduana, como se espresa en el último de los mencionados informes, ellos sin embargo no eran de tul naturaleza en la fecha indicada que impidiesen el trabajo regular de las lanchas, como lo prueba la descarga del vapor «Marina», verificada sin demora ni inconveniente alguno; y estando ya entónces á disposicion del Comercio los almacenes de Aduana, no habia motivo para los gastos que criginaron el aumento de la tarifa de lanchages : que esto mismo se deduce del informe de la Cámara Sindical de la Bolsa, pues lejos de afirmar que en el mes de Junio se pagase doble lanchage; que era la pregunta del Juez de Seccion; solo dice que lo cobraron «los lancheros que

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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:245 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-13/pagina-245

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