Respecto al primer punto Lopez y Ca, defirieron posiciones, que fueron negadas por Pini y Roncoroni.
Respecto al segundo se presentaron unos recibos por 7600 $. firmados por Pereira, sobre cuya autenticidad se practicó una pericia caligráfica de resultado afirmativo; y se produjo una prueba para demostrar que las reparaciones del buque fueron llevadas á término por el maestro calafate D. Rafael Terraza 4 quien pagaron la suma de 14,607 $.
Oidas las partes con un alegato se dictó el siguiente Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Enero 11 de 1873.
Vistos considerando: primero, que está probado por la confesion de Don Vicente Lamas, capitan del patacho « María Juana» que él intervino en la compra de los efec.
tos hecha á los demandantes para la refaccion de dicho buque por el maestro calafate Pereira Magalhaes, recibiéndolos y haciéndolos conducir juntamente con otros que él mismo habia comprado (posiciones de foja cuarenta y una á cuarenta y cuatro);—segundo, que está igualmente justificado y reconocido por el Capitan que dichos artículos fueron empleados en la refaccion del « María Juana»; —tercero, que á no ser así, ellos habrian quedado en el buque 4 donde fueron conducidos, y en poder del Capitan, despues de la desaparicion del maestro calafate ;— cuarto, que habiendo afirmado los vendedores que por no querer Ñarse de dicho maestro calafate enviaron un dependiente á saber de Lopez si la compra era por su cuenta, á lo que contestó afirmativamente, y siendo es
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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:16
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