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Fallos: 129:400 de la CSJN Argentina - Año: 1919

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de la demanda interpuesta por don Luis Gosalbes Honet con tra don Ramón Camaño, por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios, Considerando :

En mérito de los fundamentos consignados en la precedente vista del señor Procurador General y fallos de esta Corte tomo 109 pág. 75 y jurisprudencia allí citada y conforme con le solicitade por aquél, se declara la competencia del Juez del Rosario para conocer en la causa de que se trata; y en consecuencia, remítansele los autos avisándese al Juez de la Capital en la forma de estilo. Repóngase el papel.

A. BErMEJO. — NICANOR G. Dir, Sorar. — D. E, PAracio.

J. FIGUEROA ALcorta.

Sociedad Asucarera Argentina, Ingenio "La Corona" contra la Administración de Impuestos Internos, sobre pago de impuesto y aplicación de multa.

Sumario: 1 No tiene aplicación el artículo 28 de la ley 3.764 en un caso en que absuelto el fabricante por la Administración de Tmpuestes Internos y revocada la resolución de ésta por el Ministerio de Hacienda, al que se elevó el sumario de conformidad con el decreto de 26 de Diciembre de 1911, aquél interpuso recurso de apelación para ante el Juzgado Federal, que fué admitido tanto por el Administrador General como por el Señor Juez.

29 La prescripción general de los artículos 30 y 31 de la ley 3.7064 aplicables a la ley de alcoholes múmero 3.761, admite la limitación que emana de la prueba de descargo, y nadie puede ser penado, sino por hechos que le son imputables. En consecuencia, comprobado que las substracciones de alcoholes fueron efectuadas sin co

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Año: 1919, CSJN Fallos: 129:400 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-129/pagina-400

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