Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 109:75 de la CSJN Argentina - Año: 1908

Anterior ... | Siguiente ...

CAUSA XXXVI Don Miguel Barbará, contra don Miguel Giménez; sobre rendi ción de cuentas. Contienda de competencia entre el juez de 1 instancia de la Capital y el de igual clase de Jujuy.

Sumario: Tratándose del cumplimiento de obligaciones sociales, es competente el juez del domicilio designado en el .

contrató. Esa designación puede ser implícita, y resultar de la imposibilidad 6 dificultad del cumplimiento del contrato en otra parte que en el domicilio social. N

AUTO DEL JUEZ DE JUJUY . - -
- Jujuy. Setiembre 25 de 1907. ° Y vistos: - .

La sentencia de competencia por inhibitoria promovida .por ela eñor juez de 1.1 instancia "en lo civil de la capital de la república, con motivo de la demanda entablada ante este juz - gado por don Miguel Barbará contra don Miguel Giménez. .

Y considerando : , 17 Que si bien el artículo 5 del código de Frec dimiemos de esta provincia, exactamente igual al artículo 4.9 del :nismo código de la Capital de la república, establece, que, cuando ° se ejercitan acciones personales es juez competente el del lu- —.

- gar convenido para el cumplimiento de la obligación, y á

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

107

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1908, CSJN Fallos: 109:75 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-109/pagina-75

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 109 en el número: 75 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos