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Fallos: 127:62 de la CSJN Argentina - Año: 1918

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Antonio Monassa contra don Antonio Dumit, por interdicto de recobrar; sobre competencia , Sumario: No procede el recurso extraordinario del articulo 14. ley 48, contra una resolución que deniega el fuero federal, en virtud de una conclusión de hecho, cual es la de que ante la jurisdicción local se ventila entre las partes otro juicio sobre el mismo punto.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR CENERAL
Buenos Aires, Septiembre 13 de 1917.

Suprema Corte:

la resolución apelada declara la incompetencia de la justicia federal para el conocimiento de este juicio, en razón de haberse promovido ante los tribunales provinciales de Mendoza una demanda acerca de la posesión - del inmueble tibjeto de la presente, lo que impide que la misma cuestión .

sea traida a los tribunales nacionales. Por consiguiente. dado que el fundamento de la resolución dictada reposa en una consideración de hecho, cuando expresa que se ha operado la prórroga de la jurisdicción provincial, el recurso extraordinario para ante esta Corte Suprema, no es procedente según lo ha establecido V. E- en repetidos casos. (Fallos, CXUIT, So: CXIV, 402; CXVII, 72).

Por ello, pido a Y. E. se sirva declarar que no hay ht gar al recurso concedido.

Julio Botet

FALLO DE LA CORTE SUPREMA '
Buenos Aires, Febrero 7 de 1018.

Y vistos: Los seguidos por don Antonio Monassa contra don Antonio: Dumit, por interdicto de recobrar, venidos en

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Año: 1918, CSJN Fallos: 127:62 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-127/pagina-62

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