"> PÁLLOS DE LA CORTE SUPREMA caparon esos detalles, ocurridos en los intervalos de los tiros que se sintieron. Que en' el momento de acercarse Carbonell a Guillen, éste daba vuelta la cabeza hacia el otro, en el momento que este 9e- retiraba dándole siempre el frente, y unos metros después también caía al suelo. Que desde el primer tiro la declarante se tapó los oidos, y sólo sintió al parecer dos tiros. .
La misma testigo. sín lcérsele su anterior declaración, refiere a fs. 49. en 19 de Marzo, los mismos hechos hasta el memento de aparecer Carbonell con el revólver en la mano, diciendo en ésta se astistó y entró, en el mismo momento que Carbonell apuntó a Guillen, y oyó dos tiros consecutivos dis- .
parados por Carbonell. Que Guillen cayó al suelo de espaldas y los brazos abiertos. Que después de caer no se levantó mi movió los brazos. ni le vió arma alguna en las manos. y so- .
Jamente movió la cabeza.
Keitera el hecho de que al caer Guillen, Carbonell se le acercó y le habló, sin oir la declarante lo que decia, y Guillen no contestó ni se movió, Que Carbone" se fué retirando de Guillen dándole el frente y caminando para atrás como mos siete 11 ocho pasos, siempre con el revólver cn la mano y al llegar a esta distancia cayó de espaldas. Que mientras Carbonell se retiraba de Guillen, la declarante no oyó ningún tiro, ni Guillen se movió. Que después de caer Carbonell no ha oido ningún tiro. Sostiene que en la Pólicia declaró como aui. que los tiros que oyó de Carbonell fueron dos. A fs. 171 en Abril de 1913, declara que cuando nyó un tiro se cayó y siguió mirardo por la rendija de la puerta.
Estas declaraciones son persistentes en los hechos principales (véase Mittermanier en la materia) y variadas sólo en detalles accesorios, como el número de disparos nidos por la declarante; lo que se explica por tratarse de una mujer sor- + prendida por una escena como la que presenció, y que como expresa y es común, se tapó los oídos: tales declaraciones no carecerían de fuerza probatoria si se hallasen confirmadas
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Año: 1917, CSJN Fallos: 126:432
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