508 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA tud se sancionó la limitación al fuero federal establecido en la ley 927.
L Por otra parte, independientemente de - esas -consideraciones, hay otra de orden igualmente práctico que obliga a interpretar en un sentido favorable a la competencia de la justicia de paz, el presente caso, La forma de constitución de la población de la Capital Federal y la distribución de la propiedad desd el punto de vista de la nacionalidad de los propietarios, DE _ite afirmar, afirmación que el infrascripto funda en informes requeridos al señor director del último Censo Nacional, que puede calcularse que un Go olo de las relacio nes emergentes de contratos de locación Vinculan a nacionales con extranjeros. En consecuencia, más de la mitad de los juicios de desalojo, que de acuerdo con la práctica de largos .
años, tramitan ante los treinta y dos juzgados de paz de la Capital. deberian substanciarse y resolverse ante los dos únicos juzgados federales de la Capital, hecho que significaria para los. mismos, no sólo un recargo enorme de trabajo, sin una imposibilidad material y absoluta de atender la tramitación de esas causas en la forma, repito. que impone su naturaleza misma.
Aceptar una innovación sobre esa práctica, fundada en la:
verdad y en la ley, sería crear un conflicto de solución imposible. Durante el año 1916 han tramitado ante el juzgado a cargo del infrascripto más de seiscientos juicios de desalojo, no obstante tratarse de una sección cuya ubicación corresponde a tin harrio de pocas viviendas proletarias y en que gran número de propiedades son ocupadas por sus: dueños. Admitiendo, sin embargo, esas cifras para los demás, quiere decir que ante los treinta y des juzgados de paz habrán tramitado más de veinte mil -juicios de desalojo, de lós que wn sesenta por ciento, es decir, doce mil, corresponderían a la justicia federal.
Presentar la cifra es demostrar cl problema práctico. que la innovación de la jurisprudencia plantearía.
Por último y siempre dentro de un orden de ideas práctico, el infrascripto se cree obligado a hacer presente lo que
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Año: 1917, CSJN Fallos: 126:308
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