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Fallos: 124:356 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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856 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA justicia tenga que desentrañar la verdad por entre las maquinaciones convenidas y acordadas por los acusados con la mira de salvación de uno de ellos, echando toda la responsabilidad + sabre el más débil por su juventud y por su situación subordinaria desde años atras par la ferocidad con que el homicida Vicente Méndez tenía dominado a su joven sobrino a quien ya lo maltrató otras veces y aun lo hirió de un balazo en la cara, cual resulta de las confesiones de los dos acusados, 3" El crimen del 2 de Julio de 1912, puede, según los datos del proceso, reconstruirse asi: Dicho día, como a las tres de la tarde, los dos acusados que habían comprado varias mercaderías en la casa de don Luis Crespo. negocio que es despacho de mercaderías, de viveres y de bebidas, como todo:

los-de esas lejanías, colocaron todo lo comprado en dos animales cargueros, cuya inmediata conducción y cuidado enco mendó Vicente Méndez a su joven sobrino José Angel quien partió por delante, siguiéndole el tio Vicente a caballo. Cuvo a tres leguas del almacén encontraronse en el camino con el hacendado don Juan de la Cruz Toro, quien es dirección contraria parece que venía hacia el mismo almacén por cuyo motivo y después de la salutación de estilo, el infortunado Toro que había encomendado a Vicente Méndez la brzca o rreglo de un potro, le preguntó sobre el particular y presumiblemente le increpó alguna tardanza en ese encargo. El hecho es que sin más antecedentes o quiza por palabras más o menos de reproches, Vicente Méndez acometió a Toro a garrotazos con el rebenque, y hubo de ser con el mango del látigo cuando le hizo astillas la cabeza, sin que la víctima pudiera defenderse por la sorpresa y porque no tenía arma alguna. como se verá Toro cayó exánime, siendo entonces que José Angel sobrino del homicida que iba adelante con los cargueros. tuvo que deteners y volver bridas, siendo entonces que su feroz tio le ordenó que hiciese fuego contra la víctima, alcanzado el sobri20 a disparar un solo tiro que hirió a Toro en la mano derecha, no disparando más tiros porque sin duda, no necesitaba más el infeliz. que vacía muerto. Tan pronto como fué consumado

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Año: 1916, CSJN Fallos: 124:356 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-124/pagina-356

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