DE JUSTICIA DE LA NACION se $ Tabacco, en terreno de su propiedad y entregando parte del mismo, contra su voluntad, al servicio público sin adquirirlo previamente, importan actos de despojo. con arreglo a lo dispuesto por el artículo 2498 y concordante del Código Civil.
Fallos tomo 095 pág. 102 y otros).
Por ello, se hace lugar al interdicto con costas, debiendo la provincia de Buenos Aires reponer dentro del término de treinta días los alambrados destruidos, dejándose a salvo al actor los derechos que pudiera ejercitar por reparación del daño y contra quién corresponda. Notifíquese original y repuesto el papel archivese, devolviéndose el expediente administrativo agregado.
A. BERMEJO. — NICANOR G. DEL Sonar. — D. E. Paracio — J. FiGueros ALCorra.
Criminal contra Vicente y José Angel Méndez, por homicidio.
Sumario: Es justa la sentencia que condena a la pena de doce años de presidio y accesorios legales al co-autor de un homicidio perpetrado con la circunstancia atenuante del art. 83, inciso 1." del Código Penal y 6" de la ley de reformas. y Caso: Lo explican las piezas siguientes:
SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO + + Vista esta causa criminal seguida de oficio contra Vicente Méndez, de cuarenta años y José Angel Méndez, de treinta, ambos chilenos, aquél casado y éste soltero, criadores, domiciliados en Cerro Bayo, partido de Gastres jurisdicción de este ; territorio por el delito de homicidio perpetrado en la persona de Juan de la Cruz Toro, E a
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Año: 1916, CSJN Fallos: 124:353
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