DE JUSTICIA DE LA NACION 257 mocer a aquéllos tam sólo "el derecho de petición, sino que se halla siempre subordinado a las disposiciones legales, armenzandose asi las responsabilidades que le incumben como poder administrador. con los derechos que las mismas leyes acuerdan a los particulares a fin de que éstas se cumplan sin preferencias odiosas y sin excepciones hirientes, La jurisprudencia de la Suprema Corte ha consagrado el principio que el Gobierno obra como persona jurídica cuando enajena la tierra pública— tomo 106 pág. 355 —y por lo tanto habiéndola ofrecido, ha contraido la obligación de entregarla en las condiciones de tiempo, forma y extensión que se comprometió hacerlo, No puede tampoco afirmarse como lo hace el demandado que no existe vínculo jurídico alguno que lo ligue con el actor por no haber la manifestación del consentimiento a persona determinada que prescriben los artículos 1178 y 1182 del Código Civil y que la presentación del interesado nunca podrá considerarse como el acto generador del derecho que sólo podría nacer de un decreto del Poder Ejecutivo que lo exprese respec10 del peticionante, por las razones expuestas anteriormente y porque es indudable que resuelto el Poder Ejecutivo a vender los lotes de la Colonia General Roca, ubicados al naciente del antiguo pueblo de acuerdo con las condiciones establecidas en el decreto de 24 de Septiembre de 1910 y presentadas las solicitudes de los aspirantes para la adquisición de los mismos, se hallan cumplidos los requisitos exigidos para la realización dei contrato de compra-venta, en lo que se refiere a la cosa obje1o del mismo y al precio; en cuanto a la determinación de la persona exigida por el artículo 1148 del Código Civil debe te- r nerse presente que si bien nuestro código no ha aceptado la doctrina de Zacharie cuando sostiene que no es necesaria la determi ación de la misma, pero como lo expresa el codifieador en la nota respectiva: "cuando una persona ofrece una recompensa al que le restituye una suma perdida, o se ofrece un :
premio por un descubrimiento útil o cuando en un remate se afrece una cosa por un precio cierto, la indeterminación que se u A
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Año: 1916, CSJN Fallos: 124:257
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