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Fallos: 123:268 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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AS 14 e TF E y

EM
—. FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Te | É Criminal, contrae José Saldivia, por homicidio Sumario: 15 Cuando de las circunstancias del hecho, que restilÉ tan del proceso surgen presunciones graves que torna z fal e inverosímil la confesión del procesado, puede eli | str dividida en contra de éste.

25 Es justa la sentencia que condena a la pena de r veinticinco años de presidio y accesorias legales, al antor de un homicidio perpetrado con la circunstancia agra vante establecida en el articulo 85 del código penal, Caso: Lo explican las piezas siguientes: S
AUTO DEL SEÑOR JUEZ LETRADO
Viedma, Septiembre 24 de 1914.

hs Y vistos: Estos antos seguidos de oficio a José Saldivia.

chileno, de veintidos años de edad, casado, agente de polícia, domiciliado en Bariloche, por homicidio en la persona de José Vargas y lesiones graves inferidas a Ignacio Treneañanco:

Considerando:

15 Que de las constancias de autos resulta que habiéndosele encomendado al prevenido na comisión de servicio conducir detenido a José Vargas y por el camino encontró a Ignacio Trencañaneo a quien después de breves palabras lo hizo seguir junto con Vargas y a poco andar los hizo poner en fila. diciéndoles que los iba a matar disparándoles un tiro de carabina que produjo la muerte de Vargas y tina lesión y grave con pérdida de parte del brazo a Trencañanco, h 2" Que los testigos del sumario de prevención Dionisio y Juan Arrebol y Juan de Dios Satibañez declaran que acompañaron al agente Fernández y varios vecinos que salieron E para detener a Sildivia y que vieron el cadáver de Vargas el que presentaba un balazo en la espalda y que siguiendo el | rastro del agente encontraron el sable de éste sobre una mato e E

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Año: 1916, CSJN Fallos: 123:268 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-123/pagina-268

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