FALLOS DE LA CORTE SUPREMA E Y considerando:
ca Que como lo reconocen los señores jueces que reclaman E la competencia para conocer del concurso de don Máximo Fu"- nes ella corresponde al del domicilio real del deudor con arreglo a lo dispuesto en las leyes de procedimientos de la Provincia de Buenos Aires y de la de Santa Fe y lo establecido por la jurisprudencia de esta Corte en repetidos fallos.
E Que en los expedientes agregados consta que don Máximo Funes estaba domiciliado en la ciudad del Rosario de Santa Fe, donde siguió personalmente los juicios ejecutivos que —, allí le promovieron, teniendo en aquella ciudad su familia y el asiento principal de sus negocios (Estado de fojas 8, expediente seguido en La Plata; Expedientes seguidos en el Rosario por el Banco de la Provincia de Santa Fe, fojas 7 y 17 vta.; por el Banco de la Nación fojas 4, 63; por el Banco Español del Río de la Plata fojas 10, 12 vta. y 15 vta).
Que el único fundamento en que el señor Juez de la Plata se basa para admitir que el domicilio de Funes era la ciudad de La Plata al promover el concurso, es la declaración de don Miguel A. Isabel y don Francisco Hegoburu quienes han manifestado que conocian a don Máximo Funes "desde el mes de Octubre del año 1914 en que el mencionado señor se radicó en La Plata con su familia" (fojas 26 y 27, expediente respectivo).
Que en esa época (Octubre de 1914) don Máximo Funes comparece a. una audiencia ante el juzgado del Rosario para nombrar tasador en el juicio que le seguía el Banco de la Nación (fs. 63), se notifica de la sentencia de trance y remate en la ejecución promovida por el Banco Español del Río de la Plata, fojas 11 "ta., constando en el mismo expediente, fs. 10, que en 17 de Septiembre de 1914 la vispera del día en que aparece firmando en la ciudad de La Plata un pagaré por mil pesos con que se promueve allí su concurso, foma parte en el juicio constituyendo su domicilio en la ciudad del Rosario calle San Lorenzo número 1516. :
Que en esas condiciones y supuesta la traslación del señor Funes con su familia a la ciudad de La Plata en Octubre de
Compartir
152Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1916, CSJN Fallos: 123:134 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-123/pagina-134¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 123 en el número: 134 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
