rrespodiente a la fracción a que se refiere la demanda, firmado por el Señor Ministro de Obras Públicas y en cuyo plano están designados una parte de los terrenos destinados para las obras del Puerto y declarados de utilidad pública de acuerdo con la citada ley 3885; comprendiendo la presente deman- i cda el señalado con el N° 17 bajo el nombre de "Herederos de Ortiz y Guerra" en toda la parte que abarcan los siguientes limites: Al Norte el 1". 16 (sin nombre) a! Este el Río Paraná al Sud el lote n° 18, con el nombre de Banco Nacional en Liquidación y al Oeste, la linea de la Avenida Belgrano, límite | de la expropiación. , En consecuencia, con estos antecedentes que se han relacionado, dice el actor que queda demostrado que en el caso :
ocurrente debe aplicarse el procedimiento establecido en la ley nacional de 13 de Septiembre de 1866 relativo a la expropia- | ción de bienes por causa de utilidad pública, pues están llena- | dos todos los requisitos que la ley exige para que proceda la , expropiación de esos bienes. :
Hace presente, a la vez, al juzgado, que por los ante- q cedentes que existen y estudios particulares practicados po: E orden del Superior Gobierno 'Nacional todos los terrenos des- , tinados a las obras del puerto pertenecen en exclusivo dominio + al Estado General; y los actuales ocupantes carecen de un titu- ñ lo legitimo de adquisición respecto de esos mismos terrenos; pero que como no es posible retardar la prosecución de las obras proyectadas hasta que el gobierno gestione en un juicio ».
ordinario la declaración judicial de sus derechos, se ha prefe- a rido iniciar en cada caso por intermedio de la empresa que es | la encargada por el contrato de intervenir directamente susti- Y tuida en los derechos del Gobierno Nacional, los correspondien- f tes juicios de expropiación a fin de tomar la posesión inme- diata de los terrenos para la continuación de las obras en las .
que están comprometidas cuestiones de interés general que no | pueden suspenderse por motivo de controversias judiciales, :
2, A fs. 2 acompaña la boleta de consignación por valor = de $ 600 min. legal en cuya sima ha sido avaluado por el In- 3 4 a
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Año: 1915, CSJN Fallos: 122:211
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