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DE JUSTICIA DE.LA NACION 1 quía en la República, entabla demanda contra el señor Emir 4 Emin Arslan para que le haga entrega, bajo inventario, de los | sellos, libros, fondos, documentos, archivos y demás pertenen- cias del consulado general de Turquía, fundando la competencia y originaria de esta Corte en que solicitaba el amparo de este tri- :
bunal para poder ejercer los privilegios y las funciones públicas 3 que le corresponden en el carácter con que ha sido investido e por el gobierno de Turquía. E Producido el informe de fs. 4 respecto al carácter invocado ° por el señor Bobrik se corrió traslado de la demanda el que fué :
contestado por el señor Emid Arslan, exponiendo:
Que la acción deducida no correspondía ser tramitada ante $ esta Corte Suprema porque no se discuten privilegios y- exencio- a nes de los cónsules en su carácter público. MN Que no es su ánimo plantear una cuestión previa de com- a petencia del tribunal, que deja librada al criterio de éste, de tal de manera que si mantiene su competencia, desde ya quiere dejar N establecido que no ha sido su ánimo hacer una oposición capri- Ñ chosa a las solicitaciones del señor cónsul de Alemania sino simplemente obtener, como puede obtener ahora, la garantía de la intervención judicial que en todo momento pueda: librarle de E cualquier género de responsabilidad en el cargo que ha ejercido + en esta República como cónsul general de Turquía. o, Que no hace oposición al pedido de la demanda, limitándo- 4 se a hacer constar que en sus funciones oficiales dependía ex- , clusivamente del Gran Visir de Turquía de quien no ha recibido , comunicación respecto a la cesación de sus funciones, en cuya , notificación al Gobierno Argentino no se han observado los re- p glamentos y usos protocolares; terminando por manifestar que N no provoca ni busca controversias respecto a la entrega de los objetos que son materia de la demanda y que si la Corte se con- Y sidera competente ordene esa entrega, bajo inventario judicial L que se practicará con las formalidades de estilo. a
Y considerando: ; Y
1. Que el carácter de encargado de la gerencia del consu
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Año: 1915, CSJN Fallos: 122:131
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