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Fallos: 120:315 de la CSJN Argentina - Año: 1914

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Los testigos Solano Muñoz (fs. 20) y Zenón Flores (fs. 22) ratifican todo lo declarado por Gutiérrez. y La procesada Juana María Muñoz presta declaración ante la comisaría de policía de fs. 12 vta. a fs. 16 vta. y relata los hechos de la siguiente manera: Que ha dado muerte a su esposo José Muñoz por instigación de su patrón, David Cerda; que mató a su marido en circunstancias que estaba profundamente dormido, con un palo, asestándole un fuerte golpe en la cabeza que lo aturdió y continuando después hasta darle seis o siete golpes más; que rompió el palo y quedó su marido muerto, con la cabeza destrozada ; que juntamente con su hija Maria Mercedes Muñoz, cavaron un pozo, a pocos pasos del rancho, y allí lo enterraron al muerto ; que después fué a casa de su patrón David Cerda, a darle cuenta que había muerto a su marido, conforme estaba convenido, contestándole Cerda que se fuera a Chile con sus hijos, que él iría después ; que volvió la misma noche al rancho y estuvo todo el día siguiente, 25, aprontando su viaje y el 26, por la tarde, se pusieron en viaje a Chile, llevándose todas las cabras y los tres caballos de su marido; que un poco más allá del "Arroyo del Barro", fueron detenidos por Custodio Gutiérrez, Zenón Flores y Solano Muñoz, quienes obligáronlos a volver, deteniéndolos en la casa de Gutiérrez hasta el momento que llegó la policía. La procesada insiste en esta declaración, en ma- n mifestar que David Cerda la instigaba a matar a su marido porque era un "ratero", que el palo con que cometió el hecho lo | quemó en el fuego, era del tamaño común de los mangos de ha- El cha leñera ; que igualmente Maximiliano Canales la ha aconseja- :

do que matara a su marido; que éste era muy ocioso y ella a :

única que trabajaba para mantener el hogar, a La procesada en su declaración prestada ante este juzgado n fs. 32) se ratifica respecto a la forma como se produjo el deli- | to; Maria Mercedes Muñoz (fs. 17) ratifica en todo lo declara- E do por su madre, la procesada, agregando que ésta le dió un | fuerte empellón cuando ésta pretendió contenerla en su ataque 5 Esta testigo declara primero que su madre obró instigada por David Cerda y Maximiliano Canales, pero en su deposición ante q a i

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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:315 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-120/pagina-315

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