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Fallos: 120:314 de la CSJN Argentina - Año: 1914

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sm FALLOS DE LA CORTE SUPREMA :

realizaba unas diligencias en el destacamento policial de Balbarco, tendientes a obligar a su esposa a vivir juntos, regresando nuevamente a su domicilio a los cinco días o sea, el martes 24 de Diciembre en compañía de su mujer, Juana Maria Castillo y una hija y después de instalarse todos volvió a la casa del declarante con el fin de llevar al hijo que le había dejado. El día 25 de Diciembre el deponente Gutiérrez, fué a la "piedra del reparo" domicilio de los esposos Muñoz, y le preguntó a la mujer de éste por su marido, contestándole que había salido temprano a la casa de im hijo con el fin de pedirle plata y caballo para irse a Chile, y al preguntarle el deponente en qué caballo se había ido Muñoz, dado que estaban allí los únicos tres que tenía, le respondió la mujer: "que había ido a pedirle un caballo a sir sobrino Muñoz". Después de esta conver.ación el deponente se retiró a su casa. Al día siguiente, o sea el 26 de Diciembre como a las cuatro de la tarde llegó a casa del deponente el citado SoJano Muñoz, en momentos que pasaba en viaje a Chile la mujer de Muñoz con toda la familia, llevándose la majadita de cabras que tenía la víctima y cabalgando en los tres caballos de la misma.

Al notar esto el deponente le preguntó a Solano Muñoz si era verdad que le había prestado un caballo a su tío para irse a Río Grande, contestándole aquél que hacía muchos días que no lo veía.

Entonces el deponente y sus amigos Solano Muñoz y Zenón Flores, entraron en sospechas, dirigiéndose a la vivienda de Jo:

Muñoz, en donde no encontraron a nadie y revisando todo notaron en las piedras varias manchas de sangre lo que les reveló la existencia de un crimen, descubriendo Zenón Flores el sitio donde estaba enterrado Muñoz. Inmediatamente mandaron a Juan del Carmen Vázquez a dar cuenta de lo sucedido al destacamento policial, mientras ellos se fueron resueltamente en seguimiento de la mujer del muerto, a la que alcanzaron en el "Arroyo del Barro" y la hicieron volver cor: toda la familia a la casa del deponente, entregándola el día 28 a la policía.

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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:314 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-120/pagina-314

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