E 2 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
CAUSA IX
. Criminal, contra Antonio Quilodrán, por homicidio .
Sumario: No causa agravio al procesado y se ajusta a lo dispuesto por el art. 17, inciso 1.° de la ley de reformas al Código Penal, la pena de doce años de presidio y accesorias legales impuesta por el delito de homicidio perpetrado con la circunstancia atenuante de ebriedad parcial.
Caso: Lo explican las piezas siguientes :
SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO
Rio Gallegos, Noviembre 29 de 1913.
Y vistos; para resolver la causa por homicidio seguida Antonio Quilodrán, que manifestó ser de nacionalidad argentino, tener 60 años de edad, soltero, jornalero, domiciliado en el "Lago Argentino" de este territorio de la que Resulta:
Que la noche del 1.° de Agosto de 1911 se encontraban reunidos el acusado Antonio Quilodrán, la víctima Pedro Mena y los sujetos Manuel Romero, Francisco Vázquez y José Fortuna en el despacho de bebidas del negocio que posee Juan Stunver en la región del Lago Argentino, jugando a los dados para de- .
terminar entre ellos quien debía abonar varias copas que habían tomado. Que como resultaran perdedores Quilodrán y Mena, continuaron jugando para definir el pago en uno so'o de ellos, mientras los otros se habían levantado de la mesa que todos, momentos antes, habían ocupado y se encontraban conversando re
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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:294
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