— 224 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA yb, aa a CAUSA LI 3 :
4 Arriola, don Pedro Plácido, y otros (sus juicios sucesorios).
E Carta de pobreza E Sumario: 1." Procede el recurso extraordinario del art. 14, ley U 48, contra una resolución de un Superior Tribunal de JusB ticia de provincia que desconoce el derecho a actuar en paPer pel común acordado por los tribunales ordinarios de la CaÉ pital, que se pretendia fundar en los artículos 7 y 8 de la E "Constitución Nacional y artículos 2 y 4 de la ley número 44 | sobre autenticación de los actos públicos y procedimientos judiciales, , 2 La eficacia de una carta de pobreza expedida por un juez ordinario de la capital se limita a las causas en ellas determinadas que se tramiten dentro de la respectiva jurisy dicción que lo concedió.
a 3" El art. 7 de la Constitución y las disposiciones reglamentarias del mismo, consignadas en la ley número 44, no D pueden ser interpretadas en el sentido de que los procedi mientos judiciales de una provincia o tribunales ordinarios de la capital puedan alterar las condiciones establecidas en otra parte la substanciación de los juicios seguidos en éstos.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
DICTAMEN DEL SF. AGENTE FISCAL
Señor Juez: .
Insisto en mi dictamen de fs. 13 vta. El art. 618 del Código de Procedimientos, atribuye la competencia al juez civi! en tur
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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:224
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