DE JUSTICIA NACIONAL, 67 CAUSA LxV.
Criminal, contra Blas Aspia:ú, por falsificación.
Incidente sobre prision.
Sumario. —10 Cualquier persona, aun las mujeres y menores, que no pueden ser en juicio personeros de otros, pueden comparecer para escusar la ausencia del acusado.
2° Este principio tiene aplicacion en el caso en que se trala de escusar, alegando enfermedad, no la ausencia , del lugar del juicio, sinó simplemente la ausencia de la prision.
3 La personería de la esposa lejítima del acusado debe ser admitida en ese caso.
4° En el sumario debe el Juez averiguar no solo los hechos adversos al procesado, sinó tambien los que puedan servir á su descargo.
Caso. — En el Juzgado Federal de Buenos Aires, se inició un proceso criminal contra D. Blas Aspiazú, sobre falsificacion de un documento de transferencia de créditos centra el Tesoro Nacional.
Durante el sumario, Aspiazú pidió, entre otras diligen
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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:67
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-67
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