venta en forma á su hijo D. Zacarias Torrecillas de la quinta á que se refiere la anterior escritura por la cantidad de cinco mil pesos moneda corriente que recibió en el mismo dia para otorgarle escritura en forma luego de obtener los comprobantes, necesarios y que como había ya obtenido la propiedad del terreno otorgaba escritura de venta á la viuda de su dicho hijo Da, María Fulcos, sus herederos y sucesores (escritura de fojas ciento diez y ocho vuelta ú ciento veinte y cuatro vuelta; Tercero: En la misma fecha indicada de veinte de Junio de mil ochocientos treinta y nueve D° María Fulcos de Torrecillas por eseritura pública vendió á D. José Borches la misma quinta de que hace mérito la precedente escritura, declarando que en quince de Marzo de mil ochocientos treinta y siete vendió extrajudicialmente á D. José Dorches la espresada quinta, segun documento que al efecto le habia otorgado ante testigos, obligándose á formalizar la venta en forma tan luego como se allanasen los inconvenientes que se afrecian á causa de que D' Matilde Alberti, á quien se la ompró no le había entregado la respectiva escritura de ¿enta, pero que habiéndolo ya efectuado, cumplia el deber que había contraido por su parte, otorgando como otorgaba escrilura de venta á favor de D. José Dorches, sus herederos y sucesores (escritura de fojas ciento veinte y cinco á ciento treinta y una).
Quinto. — Que corrido traslado de la demanda, lo evacuó la parte de Arning acompañado la cópia, que corre á foja veinte y nueve, de una nota que dirijió al Presidente de la Municipalidad de Belgrano, en cuyo partido está situado el terreno de Borches, con el objeto de averiguar si dicha Municipalidad consentia que se abriese una calle en continuacion del deslinde de los terrenos de Plowes, Corvalan y Piaggio, atravesando el terreno de Dorches en
Compartir
66Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1871, CSJN Fallos: 12:450 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-450¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 12 en el número: 450 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
