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Fallos: 12:215 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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Resultando del oficio que corre á foja veinte y cinco que, aunque el Señor Gefe Político del Paraná aseguró que fueron muchos los avisos que tuvo respecto del hecho imputado, manifiesta categóricamento « que no tiene presentes los nombres de las personas que le denunciaron que lturraspe hacia conducir caballos de propiedad particular. » No habiéndose presentado persona alguna, á pesar de la notoriedad que en toda la Provincia ha tenido el procedimiento seguido, á reclamar los animales que se dice de propiedad particular.

Resultando de todos esos antecedentes que no hay mérito para continuar el procedimiento judicial — sobreséase en la causa, de conformidad á lo pedido por el Señor Procurador General — quedando sin efecto el auto de prision librado contra Iturraspe por el Juez de la Provincia, y los exhortos despachados para su ejecucion á los Jueces Provinciales en las ciudades de Santa-Fé y del Rosario. Satisfechas las costas y repuestos los sellos, devuélvase el espediente.


SALVADOR M. DEL CARRIL.— FRANCISCO
Decano. — José Banros Pazos. — MancELINO UGARTE —José B. Go

ROSTIAGA.
—— rm ——

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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:215 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-215

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