SENTENCIA DE LA CAMARA DE APELACIONES L
Rosario 21 de Agosto de 1913.
Autos y vistos: La reiteración del pedido de diligenciamien- :
to del presente exhorto del señor federa! de esta ciudad, doctor Juan Alvarez, solicitando la remisión, ad effectum videndi, de un expediente que se encuentra en el archivo, y considerando : | 1.° Que el art. 215 de la ley orgánica de los tribunales, e incisos j de la ley 1191 de 1-° de junio de 1904, establecen que "los :
expedientes terminados y protocolos no podrán salir del archi- | vo". La estrecha conexión que tienen muchas veces las piezas i al parecer más diversas, las necesidades de consultar los docu- 1 mentos más distintos y el propósito de conservarlos en e! debido orden e integridad sin los peligros a que estarían sujetos los :
protocolos y expedientes que saliesen de poder de los funcionarios encargados de su custodia en el loca? destinado a tal fin, | explica claramente el espíritu de esta disposición que no ha he- L cho sino consagrar la indivisibilidad del archivo, esencial y nece- 4 sario para una buena organización del mismo. Vista fiscal del 4 doctor Jerónimo Cortes, tomo 1", pág. 353- | 2.° Que las leyes ya citadas, como todas las concernientes a 4 la organización de archivo de la provincia, han sido dictadas por a la Honorable Legislatura en ejercicio de las atribuciones que le a incumben, no sólo porque al Honorable Congreso de la Nación + "| no le corresponde dictar estas leyes (art, 67, inciso 11, de la E Constitución Nacional), sino también porque de acuerdo con 11.
misma Constitución, las provincias tienen el derecho de darse ° sus instituciones propias y regirse por ellas, conservando todo el poder no delegado al Gobierno Federal (artículos 104 y 105 E de la Constitución).
3 Que la resolución del Juez Federal, insistiendo en que.
los tribunales de esta provincia accedan a una requisitoria pro- E hibida por las leyes de la misma, importa tanto como atacar lo. " que concierne al fuero de la provincia, olvidando que "si los E Dn
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Año: 1914, CSJN Fallos: 119:207
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