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Fallos: 119:206 de la CSJN Argentina - Año: 1914

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6 fin de efectuar un cotejo de firmas, con las disposiciones legales que reglamentan el funcionamiento del Poder Jue dicial de la. Nación que actúa en cada provincia con inde+. pendencia del régimen local, y de las que forman parte e:

E art, 10 de la ley de jurisdicción y competencia número 48 y ES art, 162, inciso 2.°; 167, inciso 2; 173 y otros, relativos a E ° das diligencias para el cotejo de firmas, de la ley naciona:

A de procedimientos número 50.

E 3° Solicitado por un juez de sección, ad effectum vwidenpo di, con el objeto de efectuar un cotejo de firmas, un expe6 diente depositado en un archivo de tribunales provinciales, ° éstos se hallan en el deber de deferir a ese pedido, remiF tiendo el expediente.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:

OFICIO DEL JUEZ FEDERAL DEL ROSARIO
AL SR. PRESIDENTE DE LA EXVA. CÁMARA DE APELACIONES
Rosario, Mayo 91 de 1915.

En los autos seguidos ante este juzgado federal por el Banco de la Nación Argentina contra don Luis Botti, sobre cobro de pesos, se ha dispuesto dirigir a V. E. el presente, para que se sirva ordenar al encargado del archivo que remita a este tribunal'ad effectum videndi, el expediente que fué seguido por don Arturo Valle contra la sucesión de don Esteban Comini, sobre cobro de pesos, que se tramitó por ante el juzgado de primera instancia en lo civil y comercial de da primera nominación el E año 1907.

Ofreciendo reciprocidad en casos análogos, saluda a V. Eatentamente, Eo - Juan Alvarez.

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Año: 1914, CSJN Fallos: 119:206 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-119/pagina-206

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