día designado para la audiencia, comparecieron ante S, S, las partes en este juicio, representada la empresa actora por el procurador Carlos Castilla y por los demandados Bravo y Salvarrey, el procurador Domingo Alvarez acompañados del doctor Juan Chavarri. Declarado abierto el acto y concedida la palabra por S. S. a la parte actora, expuso el señor Castilla: que reproduce su escrito de fojas 38 y reitera e! pedido contenido en el mismo, hacieado presente al señor juez que los instrumentos presentados por los señores Salvarrey y bravo no corresponden al terreno cuya expropiación se trata en este juicio; Que, previamente a tolla otra diligencia, no estando contestada la litis, debería resolverse sobre la limitación de la demanda en la forma establecida en el referido memorial. — Concedida la palabra a los demandados, expone su letrado, doctor Chavarri: Que, en » efecto, en el día de ayer, haciendo las averiguaciones en la oficina, reativas a las expropiaciones iniciadas por el Ferrccarril del Puerto Belgrano, se encontró su parte con que hay otro expediente, igualmente caratulado a! presente, y que no lo ha podido revisar por encontrarse en poder del señor procurador Cas- L tilla ; entendiendo que dicho expediente concierne a los terrenos de la barranca del río, siendo dichos terrenos los mencio:1ados especialmente en los títulos de los señores Salvarrey y Bravo.— E! origen de estos titulos es exactamente el mismo que el de los señores Piñero, Lacroze y otros; proviniendo en su origen de don Gregorio Aguirre y María de la Cruz Cepeda y Ramos, — Como no ha tenido tiempo su parte de hacer el estudio del expediente que ayer no se encontraba en la oficina, no le es posible manifestar de un modo terminante si procede o no procede la acumulación, la que puede ser tanto más necesaria cuanto que no obstante las divisiones de condominio hechas entre los distintos ; herederos o cesionarios de los causantes ya mencionados, no es- | tán ajenos a toda discusión por no haberse tramitado y concluido :
en debida forma los respectivos juicios sucesorios. — En vista de esta consideración, pedía a: señor juez se pronunciara recahando los antecedentes que fueran necesarios y que su misma :
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Año: 1913, CSJN Fallos: 118:393
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