E - TALLOS DE LA CORTE SUPREMA
me CAUSA CCC E E Antonio Jerónimo Puppo en autos con Arturo Figueroa, por reite vindicación; sobre competencia, E Sumario: 1.° El trámite correspondiente a las causas traidas en E apelación ante la Corte Suprema, establecido por la ley na| cional de Procedimientos de 1963, ha sido modificado por et artículo 8 de la ley 4055.
E 2. En los recursos de hecho por apelación denegada, la Corte Suprema tiene establecido en varios fallos que a fin de evitar a los litigantes mayores gastos con alegaciones inútiles sobre puntos de derecho ya debatidos en las instan:
cias inferiores, procede la apertura del recurso denegado y la decisión simultánea del asunto controvertido.
3° En el recurso extraordinario, la Corte Suprema, no puede tomar en cosideración otras disposiciones de la constitución, tratado o ley federal, que las que fueren invocadas | en las instancias inferiores y desconocidas en la sentencia de que se recurra.
Caso: Fallada esta causa por la Cámara Federal de apela: , ción de La Plata, Puppo interpuso para ante la Corte Suprema, el recurso extraordinario autorizado por el artículo 14 de la ley 48, y habiéndole sido denegado, ocurrió de hecho. La Corte Suprema, teniendo a la vista el expediente, que como mejor infory me le habia sido elevado por la Cámara, declaró mal denegado el recurso extraordinario, y simultáneamente, es decir, en el mismo fallo, que se registra en la pág. 236 de este tomo sin dar a aquél el trámite establecido por el artículo 8.° de la ley 4055, decidió sobre el fondo del asunto, confirmando el auto de la E
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Año: 1913, CSJN Fallos: 118:292
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