LE JUSTICIA DE LA NACION 2 CAUSA CCLXXXVII | Don Manuel Correa Morales. en autos con don José Oliveri, por cobro ejecutivo de pesos. Recurso de hecho h Sumario: 1. Invocada eportunamente por el apelante la nulidad | del procedimiento observado, a virtud de habérsele privado de su propiedad sin previa sentencia, y de su defensa en juicio, con violación de las leyes procesales y las garantias que a estos fines consagran los articios 17 y 18 de la Constitución Nacional, y siendo contraria a esa defensa la resolución apelada, procede el recurso extraordinario del articulo 14, loy 48.
2" Habiendo el dendor tenido conocimiento oportuno de procedimiento incoado para la venta del bien hipotecado, e: los términos de antemano convenidos con el acreedor, e intervenido en la operación misma de "a venta, y habiendo declarado el juez, que si en realidad el deudor hubiera presentado las defensas a que éste hipotéticamente aludió en un escrito, él las habría estudiado y resuelto como corres pondia, procede la conclusión de que el recurrente ni fué srivado de su propiedad sin sentencia, ni menoscabado en Ñ su derecho de defensa. , | Cae: Lo explican las piezas siguientes : É
SENTENCIA DEL JUEZ DE 1." INSTANCIA E
Buenos Aires, Agosto 18 de 1913. 3 y
Y vistos: E
Para resolver la mvidad interpue ta por e: ejectitado en st E escrito de fs. 4, y 4 E
Compartir
114Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1913, CSJN Fallos: 118:231
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-118/pagina-231¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 118 en el número: 231 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
