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Fallos: 118:229 de la CSJN Argentina - Año: 1913

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EE — DE JUSTICIA DE LA NACION 229 rador Fiscal, se modifica la sentencia apelada y se condena al procesado Nemesio Navia, a sufrir la pena de diez años y medio de presidio y sus accesorios, con costas, Devuélvase para su cumplimiento, Marcelino Escalada, — . Guido Lavalle.—, Intonio Marcenaro, FALLO DE LA CORTE SUPREMA .

Buenos Alres, Diciembre 20 de 1913.

Y vistos:

Los del presente proceso criminal seguido contra Nemesio Navia, por homicidio en !a persona de Teodoro Soto, en el Territorio Nacional de: Chubut, Y considerando: :

Que está plenamente acreditado que en la tarde del 6 de Enero de 1911, el nombrado Teodoro Soto fué muerto de una puñalada en la ingle izquierda, que le fué inferida con el cuchi- E llo certificado a fojas 9, en el interior de una de las habitaciones de la casa de don Abel Puebla en Buen Luan, del expresado Te rritorio del Chnbut.—«Acta de fojas 6 y declaraciones de Puebla ° y lolermino Pauletti, fojas 3 y 4. , Que igualmente consta que el autor de la esión mortal inferida a Soto, fué el procesado Nemesio Navía, no solamente > porque así lo declaró el mismo desde el primer interrogatorio E que le hizo la autoridad policial encargada de la investigación preventiva del hecho fs. 2, declaración ratificada a fs. 8 ante el :

juez instructor, sino también porque con esa confesión de su culpabilidad de autor del homicidio, concuerda las declaraciones ya recordadas, así como la de Carmen Méndez fs. 4 vta., testigos | que vieron a Navia salir pricipitadamente de la habitación don

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Año: 1913, CSJN Fallos: 118:229 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-118/pagina-229

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