A a :
——. FALLOS DE LA CORTE SUPREMA tículo 3" de la ley 4055 que era improcedente, como se hace O constar en la resolución del inferior, de fojas 60 vuelta. (Fallos, FS tomo 108 pág. 461 ).
A: Por ello, y de conformidad con lo pedido por el señor pro"errado general, se declara bien denegado el recurso, y archive y se, previa reposición del papel. — Devuélvanse los autos princi pales con testimonio de esta resolución.
É
e A. Bermejo. — NICANOR G. DEL Sonar. — M. P. Daracr. — E D. E, PaLacio. — L. Lórez
E CABANILLAS.
CAUSA CCLXVII
Schiirer Stolle, don Juan, contra la provincia de San Luis, subre escrituración Sumario: Acreditado un convenio de venta de un inmueble, por un boleto reconocido por el vendedor, y habiendo cumplido el comprador con las obligaciones que a su respecto en él se establecieron, corresponde otorgarse la escritura respectiva, sin que pueda invocarse como causal para no formalizaria, el hecho — que no ha sido probado — de que el juez que debía ordenar una mensura previa, no decretaba las medidas pertinentes, pues el vendedor debió urgirlas por los medios legales para cumplir con las obligaciones que el con trato le imponía.
Caso: Lo explica el siguiente:
»
Compartir
71Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1913, CSJN Fallos: 118:144
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-118/pagina-144¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 118 en el número: 144 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
