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Fallos: 117:246 de la CSJN Argentina - Año: 1913

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" s A " 205 PALLOS DE LA CORTE SUPREMA FALLO DE LA CORTE SUPREMA 5 Buenos Aires, Septiembre 2 de 1913.

Y vistos:

La contienda de competencia suscitada entre e! señor juez de 1.° instancia en lo civil de esta capital y el de igual clase de La Plata para conocer del juicio de insanía de don Eduardo Anido promovido ante el primero de los jueces nombrados; Y considerando:

Que corresponde a esta Corte Suprema dirimir la expresada contienda, de conformidad con lo dispuesto en e! artículo 9.9, inciso d de la ley número 4055:

Que de las diligencias de prueba que se han producido resulta, que la familia del presunto insano se encuentra domicilia da en esta capital, en la que reside de un modo habitual y no interrumpido desde algunos años, como lo declaran los testigos Luis R. Cassinelli, Luis R- Lozada, Mariano Maiello y el vocal de la cámara de apelaciones en lo criminal doctor Ernesto Madero (fs. 83 vuelta a fs. 88), siendo de notarse, que este mismo domicilio se ha fijado por Anido en diversas ocasiones, según re sulta de los informes de fojas 34. 46 y 47.

Y Que estos antecedentes deciden la cuestión de que se trata, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 93 del código civil, y lo establecido en su mérito por esta Corte, aún admitiendo la habitación alternativa y la existencia de negocios o establecimientos en otro lugar que el de la capital, (Fallos, tomo 64. pág. 149. y 75, pág. 259, considerando 4.°).

Que el juez competente para conocer del juicio de insanía y de las medidas correspondientes al gobierno de la persona y bienes del incapaz es el de su domicilio, según está establecido también por esta Corte, con arreglo a lo dispuesto en los articulos 100 y 140 del código civil citado. ( tomo 114 pág. 40 ).

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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:246 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-117/pagina-246

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