DE JUSTICIA DE LA NACION 195
CAUSA CLNLIIT
Den Leopoldo del Campo en autos con don Guillermo Arning, por cobro de pesos. Recurso de hechos y de revisión.
Sumario: 1. Fundado un recurso en la violación del artículo 17 de la constitución nacional, que prescribe que ningún habitante de la nación puede ser privado de su propiedad sinó e virtud de sentencia fundada en ley, debe ser rechazado si resulta que no existe en la resolución apelada la omisión de la cita de la ley de que se queja el recurrente, 2." No entra en las atribuciones de la Corte Suprema dada la naturaleza del recurso extraordinario, juzgar del acierto, con que es invocada la ley común por los jueces locales.
37 El cumplimiento en las sentencias de las formalidades prescriptas por la ley procesal ordinaria, cuyo juzgamiento compete exclusivamente a los tribunales de ese fuero, acerca de las cuales ninguna prescripción o garantía constitucional se refiere. 10 pueden ser objetadas ni reparadas sinó ante esa misma jurisdicción. mediante los recursos que para ello acuerdan las leyes comunes.
4" El recurso de revisión no corresponde en las causas civiles que no sean de la jurisdicción originaria de la Corte Suprema. :
Caso: Resulta de los siguientes:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Agosto 28 de 1915, Vistos y considerando:
Que citado de remate el recurrente, en la ejecución de sen
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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:195
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