DE JUSTICIA DE LA NACION 159 0 Por ella y lo expuesto por el señor procurador general, se confirma la resolución apelada de fs. 83. Notifiquese y devuélvane,
A. BERMEJO, — NICANOR G. DEL
SoLar. — M. P. Daracr, — D. E. Paracio. — L. López
CABANILLAS.
CAUSA CLXXXIV
Denuncia presentada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el señor juez federal de la Rioja, doctor Angel M. de la Colina, Sumario: Las decisiones prominciadas por las camaras federales en ejercicio de su jurisdicción de apelación, no pueden ser traidas á la corte suprema a título de superintendencia sino por via de los recursos correspondientes en los casos previstos en los articulos 3. 4", 3. y 6,, de la ley número 4055.
Caso Lo explica el siguiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Julio 24 de 1913.
Vista en el acuerdo ¡a denuncia presentada por el señor juez nacional de la Rioja para que la supr.ma corte según expresa, ejerciendo la superintendencia que la ley le confiere tome 'as medidas conducentes a corregir los hechos signientes :
Compartir
79Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1913, CSJN Fallos: 117:159
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-117/pagina-159
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 117 en el número: 159 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos