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Fallos: 115:84 de la CSJN Argentina - Año: 1911

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su FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 30 de 1911.

Y vistos: El recurso extraordinario del art. 14, ley 48, interpuesto por el señor Indraccolo Sauveur, de la sentencia de fs.

136 retirándole la autorización que le fuera concedida por el departamento nacional de higiene, para vender el especifico medicinal denominado Su/ficit.—y considerando en cuanto a su procedencia:

Que se ha cuestionado la validez de la ley local 4687, y su decreto reglamentario, como contrarios a la cláusula del art. 14 de la constitución nacional que permite trabajar y ejercer toda industria lícita.

Que no obstante haber manifestado el recurrente no tener interés en el expendio del especifico por haber transferido sus derechos a don Guillermo Firpo, lo que lo inhabilitaría para traer el presente recurso, es de observar que la sentencia apelada no ha admitido esa defensa y ante esta corte sostiene que la resolución reclamada le infiere considerable perjuicio. De conformidad con lo pedido por el señor procurador general, se declara procedente el recurso.

Y considerando en cuanto al fondo: Que el señor Indraccolo Sauveur, al interponer los recursos de apelación y nulidad para ante el tribunal ordinario, autorizados por el art. 7 de la ley 4687 y 128 del decreto reglamentario, lo hace para que se revoque dicha esolución, en cuanto impone la multa y especialmente

Que en tal virtud, el fallo recurrido -c limitó como materia del presente recurso extraordinario, a esolver que se retira la autorización que le fué concedida por el departamento nacional de higiene para vender el especifico "Sufficit", confirmando en esta parte la resolución de dicho departamento, corriente a fs. 104.

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Año: 1911, CSJN Fallos: 115:84 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-115/pagina-84

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