DE JUSTICIA DE LA NACION 7 ESCRITO pe Suprema corte: A El doctor Juan Antonio Argerich, domiciliado Avenida de — Mayo núm. 761, á V. E. respetuosamente expone por S. S. el Juez de la Pampa, doctor M. R. Duarte: E 1.° A mérito del poder general que, con fecha 28 de Octubre de este año se me otorgó en Santa Rosa de Toay, por ante el escribano don José M, de la Cámara, con toda cláusula, inclusive — en la de representarlo en sus acciones como empleado público, . | pido ser tenido por parte. El testimonio de poder ha sido presen-°— tado al H. senado de la nación y solicito su desglose para presen- q tarlo á V. E., para que se me tenga por parte y por constituido a el domicilio. Juro lo necesario en derecho. i 2." Vengo á promover esta gestión de inconstitucionalidas contra el decreto de fecha Octubre 28 de 1910 del P. E. de lanación, que dice así: De acuerdo con los fundamentos del precedente dictamen del señor procurador, se resuelve: Comunicar al K señor juez letrado en lo civil y comercial de la Pampa Central la cesantía, á contar desde el 20 de Septiembre último, del juez del r crimen del mismo escritorio, doctor M. R. Duarte, etc.". Este de- creto, firmado por los excelentísimos señores doctor Sáenz Peña y Juan M. Garro, presidente de la nación y ministro de justicia, respectivamente, ha sido presentado, también, en copia, al honorable senado, y pido se tenga presente. y 3" En mérito á la brevedad, la protesta acompañada de — S. S. el doctor Duarte, forma parte de este escrito y mi gestión acude á V. E. con todos los alcances, dentro de las facultades de — | V. E. para proveer, ya sea en litigio, ya en uso de sus facultade.
de amparo del poder judicial, comprometido en su libertad y dignidad por el decreto y su manera de ejecutarse. e 4" Se trata de una incidencia de excepcional gravedad, E que no necesita dificultarse con largos escritos, ni exposiciones + de doctrina. A
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Año: 1910, CSJN Fallos: 114:57
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