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Fallos: 114:344 de la CSJN Argentina - Año: 1910

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ES." TALLOS DE LA CORTE SUPREMA
E ley sólo pudo referirse á los bienes de dominio privado, contri- — buyendo á demostrarlo su art. 6.


E Que el decreto provincial de 5 de Junio de 1887 relativo á
cuentas pendientes con la nación, fué contrario al carácter defi nitivo de los arreglos preindicados, Que la liquidación presentada á consecuencia de dicho der creto por los contadores Dillon, Pérez del Cerro y Cranwell, |: violó la ley de federalización, y el gobierno nacional ha pagado indebidamente muchos millones, entrando en nuevos arreglos, entre los que figura el del Parque 3 de Febrero.

Que con motivo de las sentencias pronunciadas por esta corte en el juicio de reivindicación del Parque 3 de Febrero, É promovido por Gerding contra la municipalidad de Buenos Ai res, el congreso nacional dictó la ley 4218 autorizando al poder ejecutivo á constituir un tribunal arbitral para determinar los sobrantes que pertenecieron á la provincia en dicho parque.

Que ni los legisladores que aprobaron la ley 4128, ni el poder ejecutivo que le dió cumplimiento, ni los árbitros que constituyeron el tribunal, se preocuparon de estudiar los antecedentes que la originaban y las resoluciones de la corte aludidas, pues de haberlo hecho no habrían incurrido en el error de obligar á la nación al pago de bienes que eran de su propiedad, Í conforme á la ley de federalización.

Que espera que la sentencia que se dicte en el presente pleito, vendrá á aclarar el falso concepto formado á raíz de una sentencia de esta corte suprema, dictada evidentemente por error y aplicada sin meditación ni estudio, y que ha servido durante mucho tiempo para fundar derechos que estaba muy lejos de amparar. .

Que recibida la caura á prueba, háse producido la que exY presa el certificado de fs. 53 y la posterior de fs. 55 á 59, ha biendo las partes presentado sus alegatos (fs. 61 y 77) é informado in voce la actora (fs. 82 vuelta).

Yconsiderando:

1." Que el inmueble á que se cnotrae la demanda, no se

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Año: 1910, CSJN Fallos: 114:344 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-114/pagina-344

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