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Fallos: 114:316 de la CSJN Argentina - Año: 1910

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| FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires. Julio 27 de 1911.

Y vistos:

Don Rodolío Palacio, por la provincia de Buenos Aires, entabla demanda reivindicatorio de la propiedad situada en esta capital, calle de Reconquista núm. 269, exponiendo :

Que la finca referida formaba en su origen parte del convento de la Merced que como todas las casas de regulares existentes entonces en la provincia, fué reglamentado por el gobierno, figurando en el inventario que se levantó de los bienes de esa comunidad religiosa.

Que en Diciembre 21 de 1822 la legislatura sancionó la ley "aboliendo el fuero personal del clero, suprimiendo las casas de regulares existentes y declarando propiedades del estado todos los muebles é inmuebles de aquéllos.

Que por decreto de 30 de Noviembre de 1833, el poder ejecutivo de la provincia declaró que todos los bienes muebles é inmuebles que de cualquier modo estén afectados al servicio público eran propiedad del estado, y por decreto de 2 de Diciembre del mismo año se ordenó que el colegio de huérfanas se trasladara al antiguo convento de la Merced, á cuyo efecto se pondría á disposición de la sociedad de beneficencia creada por decreto de Enero 2 de 1823, y que fué siempre una simple comisión administradora dependiente de la autoridad del estado.

Que federalizada la ciudad de Buenos Aires, la provincia conservó la propiedad de los bienes que tenía en aquélla, que no fueron expresamente cedidos, con arreglo al art. 4.° de la ley de 21 de Septiembre de 1880, y en virtud de esta ley y la de cesión sancionada por la legislatura de la provincia en Noviembre de 1880, los gobiernos nacional y provincial celebraron varios acuerdos para la entrega y recepción de las diversas reparticiones que pasaron á la nación, y entre ellas, la sociedad de be

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Año: 1910, CSJN Fallos: 114:316 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-114/pagina-316

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