E 8 9aaos 08 LA CORTE SUTORNA
y SENTENCIA DES, JUEZ DE LA CAPITAL Buenos Aires, Noviembre 22 de 1900.
Y vistos:
Resultando: 1.° Que á fs. 11 se presenta el doctor Alejandro Olivero por los señores Luis Ghiglione, Carlos Seguín, Eduardo Roldán, Esteban Serrador, Higinio Sierra, Santiago Fontanilla, Andrés Cordero, Enrique Dillac, José J. Podestá, Emilio Lozada, Silvio Giovanetti, Angel Feruchini, Rogelio Pérez y Manuel Caba (conf. testimonio de fs. 1 y fs. 3), entablando formal demanda contra ¡a municipalidad de la capital para que, oportunamente, se declare ilegal é inconstitucional el impuesto sobre los teatros establecido por aquélla, y, al mismo tiempo, se le condene á la devolución de lo ya percibido por análogo concepto; y funda sus pretensiones en las siguientes consideraciones: a) que desde hace muchos años existe el comercio de localidades teatrales, "por demás lucrativo; y este comercio perjudicial á las empresas, pues mucha parte del público deja de asistir por no pagar los precios que-se exigen, ocasionó un movimiento de protesta al cual se adhirieron los mismos empresarios, pero no se obtuvo con ello, sino una solución á todas luces injusta, pues se gravó con un impuesto exhorbitante á los teatros y, por otro lado, se concedió patentes á los revendedores, cuando los primeros no tenian culpa por la reventa, y, en cuanto á los segundos, aunque ejercian un acto lícito, si prosperaban, era debido sencillamente al público que los toleraba; b) que por esta solución establecida po: la ordenanza de 28 de septiembre de 1906, se prescribió que los emmresarios de espectáculos públicos, debian entregar á la » municipalidad las boletas correspondientes á las localidades y abonos para ser sellados, bajo pena de abonarse una multa de $ 100 por cada persona que ofreciera ó vendiera boletas sin estos requisitos y que debían, además, abonar el impuesto municipal al día siguiente de cada función por las boletas vendidas, devol
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Año: 1910, CSJN Fallos: 114:162
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