CAUSA CXNVI
Criminal contra Francisco González y Mateo Gutiérrez por robo y violación de domicilio :
Sumario: 1° La petición de aumento de pena hecha por el fiscal en segunda instancia contestando el tratado de la expresión de agravios importa en realidad una adhesión al recurso, para los efectos del artículo 522 del código de procedimientos.
En el caso no se dió á la petición del fiscal la debida tramitación; pero no se alegó la nulidad de las actuaciones en la oportunidad permitida por el artículo 535 del código de pro cedimiento, ó en otra, ni se interpuso el recurso autorizado por el artículo 509 del mismo código). Dados estos antecedentes, el artículo 693 del código de procedimientos no obsta al aumento de pena que la sentencia de la cámara impone al reo, con relación á la establecida en la de primera instancia.
2. El robo en despoblado y con armas cometido mediando complot y nocturnidad debe castigarse con la pena «de diez años de penitenciaria.
Caso: Lo explican las siguientes piezas :
SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO
Neuquén, Marzo 2 de 1910.
Vista esta causa contra Francisco González y Mateo Gutiérrez por ci delito de robo y violación de domicilio, el primero sin
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Año: 1909, CSJN Fallos: 113:39
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