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Fallos: 113:300 de la CSJN Argentina - Año: 1909

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Be 300 FALLO: DE LA CORTE SUPREMA CAUSA CLXXIX E Criminal, contra Antonio Mansilla, por homicidio.

E Sumario: Es justa la sentencia que condena á la pena de once años de presidio y accesorios legales al autor de un homicidio perpetrado con las circunstancias atenuantes previstas en los incisos primero y cuarto del art. 83 del Código Penal.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO
Santa Rosa de Tony, Noviembre 13 de 1909.

Y vistos estos autos seguidos de oficio contra Antonio. Mansilla por homicidio en la persona de Clodomiro Coronel, en General Uriburu el 6 de Marzo de 1907, de donde resulta :

Que en el lugar "La Florida" jurisdicción de Catriló 2.

Departamento, el 6 de Marzo de 1907 se encontraban en la casa de negocio "La Florida", de propiedad de Policarpo Martínez y Dionisio de la Fuente, Antonio Mansilla, Clodomiro Coronel y Mariano Ponce, y en el mostrador Dionisio de la Fuente, que los tres primeros jugaron una partida de naipes y bebieron unas copas, que lugo se pusieron á probar el temple de sus cuchillos entre los dos primeros, queriendo apostar cuál era mejor acero, que de esto resultó una discusión, y se trabaron en pelea Mansilla yCoro nel, con cuchillos, y Mariano Ponce, también con cuchillo, trataba de separarlos, poniéndose entre ambos combatientes. Que á Coronel se le cayó un revólver que llevaba bajo el chaleco, y se cayó de espaldas. Que Mansilla aprovechó para pegarle un planazo y alzarle el revólver pudiendo en este momento Mansilla haberlo ultimado, lo que no hizo, y Coronel se levantó y siguió atacándolo, que Mansilla

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Año: 1909, CSJN Fallos: 113:300 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-113/pagina-300

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