CAUSA € Cuestión de competencia suscitada entre el juez letrado del territorio del Neuquen y cl de primera instancia en-lo civil de la copital.
Sumario: Es competente para conocer de una acción por daños y perjuicios promovida como consecuencia de una querella criminal, el juez que entendió en dicha querelta.
Cuso: lo explican las piezas siguientes:
ESCRITO
Buenos Aires, Noviembre 25 de 1908.
Señor juez de lo civil:
Miguel A. Lancelotti por don Jorge Duclout, á mérito del testimonio de poder general que acompaño, constituyendo domicilio legal en la calle Cangallo, 442, como mejor proceda, expongo:
Que por ante el señor juez letrado del territorio del Neuquen, se ha presentado don Arsenio B. Martin, demandando á don Jorge Duclout como representante legal de su esposa doña Valentina Brun de Duclout y de los bienes conyugales de ambos por cobro de la cantidad de treinta y nueve mil novecientos
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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:342
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