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Fallos: 112:30 de la CSJN Argentina - Año: 1909

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El ES y . Uu 7 E ..- - Lee ° PALOS DE LA CORTE SUPREMA

CAUSA LXVIIIL
— riminal, contra Felipe R. Puebla, por usurpación de bienes :

hurto. Contienda de competencia entre el juez federal de la capital y el juez del crimen de La Plata.

Sumario : Corresponde á la justicia nacional el conocimiento de los delitos cometidos en las islas del rio Paraná.

Caso: Lo explican las piezas siguientes: .


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Surrema Corte:

El delito que se imputa á D. Felipe R. Puebla, fué cometilo, según se desprende de los sumarios levantados por la policia de la provincia y por la Prefectura General de Puertos, en la quinta núm. 14 de la sección 4 de las islas del río Paraná de la: Palmas, por lo que el caso cae bajo la competencia de la justicia federal por 1azón del lugar del hecho, atento lo que dispone el art. 23, inciso 2 del Código de Procedimientos en lo criminal. _.

Los furdamentos en que se añanza el señor juez de La Plata para sostener su competencia en el sub judice, son inadmisabies, pues la jurisdicción de los tribunales nacionales, en todas las causas que son de su resorte, y que se hallan especificadas en los articulos 1, 2 y 3 de la ley 48, es privativa y excluyente, como lo esteblece el art. 12 de la misma ley, con las únicas ex

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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:30 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-112/pagina-30

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