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Fallos: 112:26 de la CSJN Argentina - Año: 1909

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Ea: PALOS DELA CORTE SUPREMA :

CAUSA LXVI Doña Dolores Benegas de Grauel (sucesión), en autos con .

la municipalidad del Rosario, por cobro de pesos. Recurso " de hecho.

Sumario: No procede el recurso autorizado por el artículo 14 de la ley número 48, contra una resolución que deniega el fuero federal, por haber sido opuesta la excepción de incompetencia fuera del término señalado para el efecto por la respectiva ley procesal.

Caso: Citados de remate y vencido el término para oponer excepciones, los ejecutados dedujeron la excepción de incompetuncia de jurisdicción fundada en la distinta vecindad de las partes. Substanciada la excepción, el juez local la rechazó en razón «de haber sido opuesta fuera de término y mandó levar adelante la ejecución. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución.


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Teniendo presente que, si bien es cierto que al contestarse la demanda ejecutiva que motiva este asunto, se opuso la excepción de incompetencia, sosteniéndose que el caso caía dentro de la jurisdicción federal, no es menos cierto que, por más que tal excepción haya sido materia del debate entre las partes, ella no ha motivado un pronunciamiento á su respecto por parte de los tribunales locales que conocieron, ni menos que se halle contenida en la sentencia recurrida. —En efecto, basta leer las sentencias de fs. 41 y la recurrida de fs. 68 (expediente agregado) para advertir que, en una

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Año: 1909, CSJN Fallos: 112:26 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-112/pagina-26

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