- la madre convictos y confesos del delito. de infantieidio, con las circunstancias agravantes de reiteración y atenuantes de los in- -. °. eisos primeros de los artículos 81 Y 83 del Código Penal, respecto .
NE. de la madre, y la de haber durado la causa más de dos. años (arE tículo 83, inc. 8). . . - .
Caso: -Lo explican las piezas siguientes: .
° SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO - — - Posadas, Abril 29 de 1908.
Vista la causa criminal seguida de oficio contra Juan Rodríguez Da Silva, brasileño, de 52 años de edad, agricultor, no sabe leer ni escribir, y María Domínguez, brasileña, de 23 años, no sabe leer ni .
escribir, por infanticidio.
Resulta: .
. . Primero: En Enero 4 de 1906, el vecino de Coneepción de la .
Sierra don Alberto Márquez Ratier, denunció al Comisario de Policía señor Lopresti que de años atrás era voz corriente que sus convecinos - Juan Rodríguez da Silva y María Domínguez vivían en concubinato, 1 y que Jas criaturas que daba á luz ésta eran muertas por Rodríguez; - o que había visto 4 María embarazada, pero que jamás supo el destino Ne. de los hijos, siendo á mediados de Noviembre -pasado la última vez — que la vió en ese estado (f. 3). . .
Constituido el Comisario en las inmediaciones del domicilio de .
Juan Rodríguez, á siete leguas de la Comisaría, supo por Joaquín -. - Manuel de Araujo, padre de María, que hasta un mes antes había estado embarazada ésta, ignorando si tuvo familia, lo que también .
había sucedido en otras ocasiones, y que un curandero llamado Luis —". Ds ° Chavies le suministraba remedios á María, referencia que le fué con:
fimada, por Chavies; en razón de lo expuesto, el Comisario procedió á interrogar á estas personas y detener á María y Rodríguez (£. 5).
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Año: 1908, CSJN Fallos: 111:448
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