— DE JUSTICIA DE LA NACION , 121 estimado como justo, dada la naturaleza del delito cometido" y sobre lo que no se ha interpuesto apelación por parte del ministerio público. , Por ello y de conformidad con lo pedido por el señor procurador General, se confirma la sentencia apelada. de foja 37 vuelta. .
Notifíquese con el original y devuélvanse.
A BERMEJO—NICANOR G. DEL
SoLaR.—M. P. DARACT.— C. Moyano Gaorrúa.
- CAUSA XVIII Ea Dor: Constantino Lavalleja en autos con don Agustín Gue- .
rrero, sobre nombramiento de tutor á la menor María Ne Cristina Guerrero. - .
Surhario: 1.0 La pérdida de la patria potestad, invocada + como fundamento de la competencia de tribunales extran- —.
jeros para el nombramiento de un tutor, de conformidad á disposiciones de un tratado, y desconocida por la sen - tencia apelada, es una cuestión de derecho común, y por , lo tanto, no da lugar al recurso extraordinario del artículo 14, ley 48.En el mismo caso se halla la cuestión relativa á la duración del domicilio de derecho.
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Año: 1908, CSJN Fallos: 111:121
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