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Fallos: 110:239 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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DE JUSTICIA DE LA NACION . 239 mente lejítimo, sin sombra alguna de malicia por parte del - ministerio de guerra.

D'Affitto obtuvo su patente el 17 de jynio de 1889. Este. hecho dado los antecedentes relacionados, no alteraba la siC N tuación creada ya para la Nación. Téngase presente que ella tenía el uso del modelo de herraduras porque se lo había , presentado y propuesto el mismo D'Affitto, y porque el ministerio de la guerra lo había adoptado para el ganado del ejér- L cito, habiendo comunicado 4 D'Affitto esta resolución. .

Si D'Affitto, dueño de su patente de invención hubiera querido modificar la situación que el mismo había creado 'al gobierno, haciéndole aprobar y poner en ejecución su modelo, debió hacerlo presente al ministerio de la guerra, intimándole que como dueño exclusivo de su modelo de herradura, reivindicaba su propiedad y se oponía á que, continuara teniendo aplicación la resolución ministerial que se había comunicado.

y según la cual se había ordenado que las herraduras para el.

ganado del ejercito debian construirse según el modelo propuesto. Obtenida la patente, D'Affitto no hizo al gobierno observación alguna sobre la construcción de herraduras que [ mismo propusiera. D'Affitto afirma que no hizo reclamo alguno.

en consideraciones 4 los temores de guerra que entonces existían. Establecido estos hechos, no es posible aceptar que por parte del ministerio de guerra 8 de cualquier funcionario.

6 empleado del estado se cometiera un delito al continuar la fabricación de herraduras según el modelo D'Affitto.

No puede haber delito de falsificación, de usurpación de patente de invención cuando se Fabrica el objeto sobre que recae la patente á propuesta, con la autorización del mismo.

patentado. - .

No puede haber acto delictuoso cuando el mismo demandante afirma en su escrito de demanda, que en ninguna oca- . sión ,ni durante ni después de los ensayos; ni cuando fe:

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Año: 1908, CSJN Fallos: 110:239 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-110/pagina-239

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