Fallo del Juez de Seccion.
Buenos Aires, Agosto 18 de 1871.
Vistos estos autos seguidos por los agentes de la val Compañía de yapores de Southampton, representados per D. Luis Mac Lean, contra los Sres. Marini y C°, por cobro de lanchage de mercaderías que vinieron consignadas á los últimos en el vapor «Oneida,» resulta lo siguiente :
19 Que en Setiembre del año ppdo. el vapor «Oncida» de la Compañía Real, recibió 4 su bordo 3,504 sacos de azúcar para conducirlos á este puerto y entregarlos á la órden de los Sres. Marini y C'°, determinándose, en el conocimiento que los agentes de la Compañía podian desembarcar las mercancías con destino al ltio de la Plata á riesgos y costos de los consignatarios de la carga, todo lo cual consta del conocimiento original que corre á f. 27.
2" Que los agentes de la Compañía encargaron de la descarga á D. Luis Mac Lean, quien primero por sí, y posteriormente con poder de los agentes, cobra por lanchaje y carretaje la cantidad de 23,652 pesos.
3" Que los demandados oponen la escepcion de ser excesivo el precio de lanchaje, el que puede obtenerse en plaza mucho mas bajo, sin perjuicio de hacerse la descarga fácilmente y con igual responsabilidad que los que lo han efectuado en este caso; y que siendo los agentes de la compañía unos simples mandatarios de los cargadores, y mandatarios remunerados, han debido contratar la descarga con los que la hacen á mas bajo
Compartir
84Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1871, CSJN Fallos: 11:58
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-11/pagina-58¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 11 en el número: 58 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
