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Fallos: 11:48 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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zarlo, solo deja de tener efecto por la presencia de la fuerza pública.

30 Segun las doctrinas de la jurisprudencia moderna, en los casos de tentativa frustrada, la pena debe moderarse, teniendo en cuenta que, si bien existe la intencion criminal puesta en ejercicio, no existe el daño material.

40 La Suprema Corte no puede fallar sobre capítulo alguno que no se hubiere puesto 4 la decision del inferior.

Caso.—En Junio de 1870, tuvo conocimiento la Policia de la ciudad de Buenos Aires, que una cuadrilla de ladrones trataba de robar la Tesorería Nacional, asesinando al sereno de la casa de Gobierno, lo que pudo evitarse poniendo de acuerdo al sereno con los malhechores con la intervencion de Leon Paz que, finjiéndose cómplice, informaba de todo á la Policía.

En la noche del 25 de Junio, estando dispuesta la cuadrilla á ejecutar el robo, resolvieron en la plaza 25 de Mayo, aplazarlo para nueva oportunidad porno contar en esa noche con el tiempo necesario para las efracciones que necesitaban hacer.

El 25 de Julio el sereno fué advertido que esa noche debia ponerse en ejecucion la intentona, de lo que se dió cuenta á la Policía, que apostó convenientemente unos vigilantes para capturar á los malhechores á una señal convenida.

Estos se presentaron á la media noche; entraron por el porton de fierro que el sereno les habia dejado abierto,

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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:48 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-11/pagina-48

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