CAUSA Xx VIII.
D. Julio Jardel contra D. Andrés y D. Pedro Lamas.
Recurso de revision.
Sumario. — 10 No puede prevalecer sobre la verdad que resulta probada en la causa sub judice, una afirmacion sobre nacionalidad, hecha por una de las partes en una causa diversa seguida con diversa persona.
20 Por la partida de bautismo espedida en forma se prueba la ciudadanía arjentina, Caso. — Confirmada por la Suprema Corte la sentencia del juez de seccion en Buenos Aires, rechazando la excepcion de incompetencia opuesta por la parte de Lamas e en autos coñ D. Julio Jardel (1), el Procurador Urtubey por los primeros ocurrió 4 la Suprema Corte dentro de 24 horas despues de dictada sentencia, y espuso: que acababa de saber que D. Julio Jardel no era ciudadano arjentino como lo habia pretendido para avocar la jurisdiccion nacional por razon de las personas. - Que Jardel sosteniendo un pleito con D. Antonio Marechal, es1) Causa CXIII, año de 1871.
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:323
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