CAUSA XLV
La Compañía de tramways Anglo- Argentina, en autos con los señores Narciso Agiiero y Cómpañía; por cobro de afirmados- , Recurso de hecho.
Sumario: La resolución que teniendo solo en vista disposiciones del .código de Procedimientos, niega al apoderado de una sociedad, con personería jurídica, el derecho de ha-.
cer repreguntas á los testigos cuando no se hallan acompañados de su letrado, no da lugar al recurso extraordinario del artículo 14, ley número 48. .
Caso: Lo explican las piezas siguientes: "
AUTO DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA - -
Buenos Aires, Setiembre"11 de 1907.
Autos y vistos : . - Y considerando: que la jurisprudencia constante de nuestros ° tribunales 'han decidido interpretando los artículos 131 y 192 del código de Procedimientos que las preguntas que se dirijan á los testigos constituyen un acto de defensa que no puede ser ejercitado sino por midio de letrado 6 directamente por las personas que sean parte en los juicios.
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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:152
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